Propuesta

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Votos
Descripción
SEGEX- Requerimientos masivos
Detalle

Poder emitir requerimientos a más de un interesado de forma simultánea con el mismo contenido.

Sería útil en la solicitud de ofertas en expedientes de contratos menores y en otro tipo de expedientes.

Fecha de creación
3/12/2020
Prioridad
Normal
Propuesta por
AJUNTAMENT DE MONCADA (*****618E)
Estado
Apoyada
Comentarios
Además, necesitaríamos poder formatear los campos "Motivo del requerimiento" e "Instrucciones adicionales" para que el documento generado tenga una mejor presencia visual y pueda ser más comprensible por los destinatarios

Por JAVIER de AYUNTAMIENTO DE BARBUÉS el 8/7/2022

Además, necesitaríamos poder formatear los campos "Motivo del requerimiento" e "Instrucciones adicionales" para que el documento generado tenga una mejor presencia visual y pueda ser más comprensible por los destinatarios

Por JAVIER de AYUNTAMIENTO DE BARBUÉS el 8/7/2022

Esta propuesta es muy interesante, con 126 votos y hecha la propuesta en 2020 sería conveniente implantarla lo antes posible.

Por MARIA DE MERCEDES de AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA el 11/4/2023

También se podría contemplar en el requerimiento el campo de la descripción del plazo. Tiene una limitación de 200 caracteres.

Por CARLOS de AYUNTAMIENTO DE OLLERIA (L') el 25/10/2024

También se podría contemplar en el requerimiento el campo de la descripción del plazo. Desde el Ajuntament de L'olleria queremos ampliar el texto, haciendo referencia a la ley, pero nos encontramos con que el campo tiene una limitación de 200 caracteres. Texto predefinido:"El plazo para registrar su instancia es de diez días a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación." Texto que queremos introducir: De acuerdo con lo establecido en el art. 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas, se le requiere para que en el plazo de Díez días a contar del siguiente a la recepción de la presente notificación subsane la falta o acompañe los documentos señalados, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada a los términos previstos en el art. 21 de la Ley 39/2015. Problema que nos encontramos: No se permiten mas de 200 Caracteres.

Por CARLOS de AYUNTAMIENTO DE OLLERIA (L') el 25/10/2024

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